Transformar
es hacer cambiar de forma algo, o quizás en este caso se trate de convertir
algo en otra cosa, ya que lo nuevo no tiene nada que ver con lo antiguo.
Asturias, libro de referencia que han tomado
los municipios asturianos para elegir sus escudos, manifiesta:
Tirso de Avilés menciona la casa de
la Ribera con su blasón que tomó nombre, por su principalía, del concejo. Dice
el cándido escritor que un Gonzalo Bernardo de la Ribera ganó el castillo de
Palomar, que tenía un moro a quien cortó la cabeza que echó por el río abajo, y
enarboló la bandera cristiana. Tal hazaña figura en el blasón de la Ribera al
lado de la cruz angélica del antiguo señorío episcopal.
Pero, como en
muchas ocasiones, confunde el pueblo con el linaje.
(Imagen y descripción tomadas de Wikipedia)
Un castillo sobre un río en campo
colorado, y la cabeza de un moro en las ondas del río, y en las almenas de la
torre, un león, y una bandera con una Cruz arbolada y otra bandera de moros
caída, con una media luna.
Quizás sea
bueno intentar corregir el blasonamiento:
De gules, un castillo de plata, donjonado,
engalanado en la del homenaje con una bandera con una Cruz arbolada, sumado de
un león naciente en la torre siniestra, y otra bandera de con una media luna,
rota y caída, cargando la torre diestra, sostenido por ondas de plata y azur, cargadas con la
cabeza de un moro.
El escudo de
la enciclopedia Asturias sería este:
El escudo que
aparece en la imagen, creo que se blasonaría así:
Escudo partido. Primero de azur, con
la Cruz de los Ángeles. Segundo de gules, una torre de plata, donjonada, engalanada,
sumada de un león naciente siniestrado, una bandera con una Cruz arbolada y
otra bandera con una media luna, rota y caída, sostenido por ondas de plata y azur, cargadas con la
cabeza de un moro.
Como podemos
observar, el león mira a la siniestra.
Afortunadamente,
Ribera de Arriba ha tomado la decisión de transformar el escudo y
oficializarlo.
BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
de 30- XI- 99
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA:
RESOLUCIÓN de 5 de noviembre de
1999, de la Consejería de la Presidencia, por la que se otorga al concejo de
Ribera de Arriba la aprobación del escudo heráldico municipal.
Antecedentes
de hecho
Primero. -El 3 de junio de 1996,
previa su aprobación por el Pleno municipal, el Alcalde del Ayuntamiento de
Ribera de Arriba remitió a esta Consejería el expediente relativo a la adopción
del escudo heráldico municipal a efectos de su aprobaci6n.
Segundo. -La Real Academia de la
Historia, en sesión celebrada el día 27 de junio de 1997, emite informe en el
que se afirma que el expediente adoptado para la formación de las armas es de
todo punto inadmisible, añadiendo que deben crearse nuevas armas más conformes
con el buen hacer heráldico.
Tercero. -Comunicado el citado informe
al Ayuntamiento, el Pleno municipal aprueba un nuevo proyecto de escudo heráldico
en la sesión celebrada el día 22 de octubre de 1998.
Por su parte, la Real Academia de la
Historia ha informado favorablemente el proyecto en los siguientes términos:
"El modelo que ahora se propone
para el escudo de armas de Ribera de Arriba, en sustituci6n del proyecto antes
presentado, es conforme con el repertorio de formas más amplio del blasón, pero
no con el tradicionalmente usado en España.
Parece, además, poco conveniente
asignar a la pieza y al campo colores tan próximos como el verde y el azul, lo
que obliga al recurso moderno y rebuscado del perfilado.
No obstante lo dicho, habremos de
admitir la propuesta, cuya descripción es como sigue: de verde, una perla azul,
perfilada de plata y cargada de un salmón de plata. EI escudo se timbra con la
corona real española".
Fundamentos de derecho
De conformidad con el artículo 186
del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades
Locales, el otorgamiento de escudos se efectuara por el órgano de gobierno
competente de la Comunidad Autónoma que -de la aplicación concordante de los artículos
7º.1 de la Ley 8/1991, de 30 de julio , de Organización de la Administracion
del Principado de Asturias, y 7º y 8º del Decreto 61/1999, de 10 de agosto, por
el que se regula la estructura orgánica básica de la Consejería de la
Presidencia- resulta ser la Consejera de Presidencia.
En consecuencia con lo expuesto y de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 21.4 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre
Régimen Jurídico de la Administracion del Principado de Asturias,
RESUELVO
Primero. -Otorgar al concejo de
Ribera la aprobación del escudo heráldico cuyas características y modelo se
recogen, respectivamente, en los anexos I y II de esta Resolución.
Segundo. -Ordenar la publicación de
esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL del Principado de Asturias. Contra la
presente Resolución podrá interponerse recurso de súplica ante el Consejo de Gobierno
del Principado de Asturias, en el plazo de un mes, contado a partir de la notificación
de la misma, sin perjuicio de cualquier otro que se considere pertinente.
Oviedo, 5 de noviembre de 1999.-La
Consejera de la Presidencia, M. Jose Ramos Rubiera. -19.471.
Anexo I
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL ESCUDO HERÁLDICO
DE RIBERA DE ARRIBA
En sinople (verde), la perla de azur
(azul), perfilada de plata (blanco) y cargada en su centro de un salmón de
plata. EI escudo se timbra con la corona real española.
(Imagen tomada de Wikipedia)
En sinople, perla de azur, perfilada
de plata y cargada en su centro de un salmón de plata.
La perla es
la unión de la mitad superior del aspa y la mitad inferior del palo, es como un
Y griega, sus ángulos superiores tocan los del escudo y la base se coloca en el
centro de la punta de éste. También se puede referir a las figuras colocadas en
esta posición, es decir, dos en los cantones superiores y una en punta. A esta colocación se le denomina también bien ordenadas o dos y una, es como se colocan tres figuras, por defecto.
Se dice que una pieza está perfilada, cuando lleva un trazado de distinto esmalte,
generalmente para cumplir la regla de los colores. En este caso, para separar
el sinople del azur, hay que poner un metal.
Se dice que una pieza está cargada cuando sobre ella se pinta otra pieza o figura.
Aprovecharemos este escudo para explicar lo que son
las piezas heráldicas y dibujar alguna de ellas.
En heráldica, pieza
es toda figura que se coloca en el campo del escudo, sin que sea esta una
figura. Las figuras son las formas
naturales, artificiales o quiméricas que adornan el interior del escudo. Ya hablaremos un día de estas. Veremos que
algunas veces las piezas y las particiones tienen la misma forma, en incluso la
denominación. En el momento del blasonamiento hay una forma de distinguirlas, y
así en las particiones, nos limitamos a decir las figuras que van dentro de
ellas, y en las piezas, se dice que aparecen cargadas con una determina figura.
Las piezas pueden clasificarse, según el Diccionario Heráldico de Cadenas y
Vicent, de la siguiente forma:
- Piezas honorables: Aquellas que ocupan un tercio de la anchura del escudo.
- Piezas fundamentales o de primer orden: Jefe, palo, faja, cruz, banda, barra, aspa, cabrio, bordura, orla, perla, campaña, jirón, punta, pila, pira, trechor, cantón, franco cuartel, escusón y lambel.
- Piezas derivadas o de segundo orden: Plumas, puntos equipolados, ajedrez, fretes, losanges, bezanles, roeles, fusos, macles, rustros, billetes, anilletes, danteles y papelones.
- Piezas disminuidas: Comble, vara, ceñidor, trangle, burelas, gemelas, tercias, estrecha, filiera, filete, lazo, tenaza, cotiza, bastón y traversa.
Hoy representamos algunas piezas de primer orden, siendo
patente la similitud con algunas particiones.
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